sábado, 7 de mayo de 2011

Planificación en Venezuela


CONTENIDO
Se entiende por Planificación, la tecnología permanente, ininterrumpida y reiterada del Estado y la sociedad, destinada a lograr su cambio estructural, de conformidad con la Constitución de la República.”Artículo 2. Ley Orgánica de Planificación Gaceta Oficial Extraordinaria Nº 5.554 del 13 de noviembre de 2001.
Elementos de la Planificación
1.   La Construcción del Plan
2.   La Viabilidad del Plan
3.   La Perfectibilidad del Plan
La Construcción Se entiende por Construcción, la definición en un Plan de una o varias imágenes-objetivos, partiendo de terminadas condiciones iniciales y estableciendo las trayectorias que conduzcan de las condiciones iniciales a la imagen objetivo. La imagen-objetivo es el conjunto de proposiciones deseables a futuro para un periodo determinado, elaborado por los órganos de planificación. Las condiciones iniciales son un conjunto de características de la realidad del país al momento de la planificación. La trayectoria es la vía de transición de las condiciones iniciales a la imagen objetivo.
La Viabilidad
ü Los planes poseen viabilidad socio-político, económico-financiero y técnica.
ü Un Plan tiene viabilidad socio-política cuando cuenta con el apoyo y la participación de los sectores sociales.
ü Un Plan tiene viabilidad económica-financiera cuando cuenta con suficientes recursos humanos y financieros.
ü Un Plan tiene viabilidad técnica cuando se elaboran, ejecutan y evalúan con el suficiente conocimiento instrumental.
La Perfectibilidad
La perfectibilidad de la planificación supone:
1.   Evaluar sus resultados.
2.   Controlar socialmente su desempeño.
3.   Hacer seguimiento a la trayectoria.
4.   Realizar la medición de los impactos.
La evaluación de los resultados es la valoración que realizan los órganos de planificación, que les permite comprobar el cumplimiento de los objetivos y las metas establecidas en el Plan.
El control social es la participación de los sectores sociales en la supervisión y evaluación del cumplimento de las acciones planificadas, y la proposición de correctivos, cuando se estimen necesarios.
El seguimiento de la trayectoria es la potestad de los órganos de planificación de evaluar si las acciones implementadas conducen al logro de los objetivos y las metas establecidos en el plan, o si aquellas deben ser modificadas.
Se entiende por la medición del impacto de las acciones de la planificación, conocer sus efectos en el logro de la imagen objetivo.
         Una vez conocido lo anteriormente expresado referente a información básica de lo que es la planificación y sus elementos. A continuación se presenta lo que es la planificación Venezolana.
La Planificación en Venezuela
El recorrido histórico y comparativo de los modelos de planificación que se han adoptado en el país. Implica realizar un corte transversal en el tiempo, donde los sistemas son comparativamente diferentes, pero que no escatima las políticas de planificación que en cada escenario se implementaron.
Así por ejemplo, en la época anterior a 1958, Venezuela permanecía en un estado autocrático, dictatorial y estatal, bajo un sistema económico plenamente centralizado. Los recursos petroleros, los cuales financiaban el presupuesto de la nación estaban destinados en su mayoría a la modernización y construcción de la infraestructura vial del país, así como a la creación de empresas e industrias para la producción de alimentos y la creación de vivienda. Sin embargo, por ser un entorno sin interacción directa con la economía mundial, la planificación era más estática y poco vulnerable, lo que quizás la hizo carente de impactos profundos para realizar análisis más profundos en la materia.
Sin embargo, se debe enfatizar que la dinámica trascendente y evolutiva que ha conllevado a los sistemas de planificación en el país por parte de la administración publica, ha sido producto de la interacción y de las circunstancias permanentes propias de cada momento histórico.
En ese sentido, posterior a la caída del régimen dictatorial, en 1958 con un sistema democrático, una economía que apertura sus relaciones comerciales con el resto del mundo canalizados a través de la industria petrolera principalmente, adopta un modelo distinto de la planificación para el nuevo proyecto país. Ello influenciado por las corrientes que en ese entonces permitían movilizar a las economías bajo una direccionalidad definida.
Por ejemplo, organismos como la CEPAL en los años 70 bajo una propuesta del modelo de sustitución de importaciones, contribuyo para que muchos países adoptasen políticas y planificaran sus economías en función de los objetivos en el proyecto establecidos. De igual manera, ocurrió con muchas propuestas de organismos multilaterales como la OMC, el FMI, el BM entre otros, que en su momento incidían en las dinámicas presupuestarias y por ende en los mecanismos de planificación que adoptase Venezuela.
Estos hechos, sin duda permiten en el estudio histórico del país, asumir que han sido varias posturas las que se han adoptado para conducir los recursos y la distribución de los ingresos, la cual, desde un punto de vista mas critico, ha sido quizás uno de los problemas que sucumbe siempre a los sistemas gubernamentales, la relación planificación-presupuesto. Sin duda son dos variables gemelas que son indisociables, y al estar mal estructurada una el efecto y las repercusiones impactaran en la otra. Muchas veces la planificación en el país, va arraigada al presupuesto, es decir, se planifica en función de un presupuesto, y no siempre de presupuesto en función de lo planificado. Por ejemplo, a veces se hacen proyecciones del presupuesto anterior con un incremento porcentual en lo que se estima serán los niveles inflacionarios, sin embargo, ello permite preguntarse ¿y los programas y proyectos del año pasado son los mismos para el año en cuestión?
Es así como funciona? Indiscutiblemente NO. Sin embargo, se pasa por alto la supervisión, la evaluación fiscal, la rendición de cuentas, la evaluación de la gestión, el control y seguimiento de los proyectos a los que se les asigna recursos, el beneficio a la población. Y lamentablemente por ello, se siguen cometiendo errores, y se sigue teniendo un círculo vicioso, con diferentes ideologías políticas.
Por otra parte, en 1990 se comenzó a adoptar la concepción descentralizadora para el país, lo que permitió redireccionar las políticas en ese rumbo, de allí en adelante la administración publica asumía modelos de planificación de índole mas normativo, mas estratégicos. En el año 1998, un salto y corte brusco al proceso que se venia acostumbradamente y tradicionalmente implementando, permitió a través de un proceso de REVOLUCION, encaminar el modelo de planificación existente por otro de ideología política totalmente radical. Se presenta en ese entonces el modelo constituyente, que consagra y aprueba la nueva carta constitucional de la nación, entre conflictos y diferencias partidarias, y queda expuesta en ella un modelo democrático, participativo, protagónico, con una economía mixta con participación activa del sector publico y privado, con un modelo social humanitario de inclusión e igualdad, con sistemas públicos gobernables, confiables y garantes del bienestar social. Se comienza asumir pues, una planificación opuesta a las propiciadas por los llamados gobiernos capitalistas, neoliberales e imperialistas.
En el Año 2008, escenarios de conflictos, turbulencias, ingobernabilidad, caos, incertidumbres, crisis políticas y económicas latentes, que permiten concluir que el modelo propuesto no cumplió las metas y objetivos consagrados en el proyecto constitucional, la eficiencia y eficacia política queda en juicio, la transparencia y la corrupción jugaron siempre con la confianza del país. Finalmente, estamos sumergidos en corrientes que definen y permiten comprobar lo que muchas disciplinas acertadamente comienzan a debatir: vivimos en sistemas complejos donde impera el caos y la incertidumbre, todo es fluctuante, podemos hacer hoy y deshacer mañana.
Las modernas corrientes postulan la planificación en prospectiva como una vía para poder planificar en el futuro desde el presente, con mecanismo que permitan flexibilizar y corregir en la marcha cuando se presenten factores exógenos de turbulencia. Lo novedoso, Se planifica un futuro inmediato desde perspectivas presentes con estimaciones y proyecciones mas precisas, de manera tal que cuando lleguemos al plazo de ese futuro ya el proyecto en cuestión no sea parte del pasado, insuficiente y obsoleto.
Por lo tanto, siendo la planificación el proceso por excelencia para la racionalización de las acciones del Estado a través de organizaciones estructuradas que articulen la interdisciplinariedad, pertinencia, oportunidad, factibilidad, así como, la utilidad e impacto social necesario para llevar adelante las transformaciones que exigen los nuevos tiempos, con una clara noción del futuro, y de los objetivos y metas a alcanzar.
Si bien está realidad nacional establece nuevas coordenadas para la acción del Estado venezolano, no es menos cierto que la Planificación ha estado sujeta a grandes y recientes cambios en su concepción metodológica, en donde, la capacidad de conducción estratégica del Estado, reside fundamentalmente, en concebir dichos procesos en sus dimensiones estratégicas, emergiendo el uso de métodos y herramientas como los escenarios, análisis socio político de actores, entre otros, para enfrentar la complejidad, incertidumbre y el conflicto que caracteriza el entorno nacional e internacional en el cual nos desenvolvemos cotidianamente.
Ahora bien, conocido ya este breve recorrido histórico de lo que ha sido la planificación en Venezuela se detallara a continuación parte de lo que es la estructura organizativa, el como ha sido y como se encuentra en la actualidad los organismos de planificación del país y sus planes de desarrollo.
Antecedentes del Ministerio del Poder Popular para Economía y Finanzas
Retratos de la Hacienda Pública 1531-2010
El inicio de la actividad hacendística en Venezuela se ubica el 17 de febrero de 1531 cuando, aún siendo el país colonia española, se abrieron por Real Cédula de la Reina Juana La Loca los libros de Tesorería y las oficinas reales en Coro, que constaban de un contador, un tesorero y un vendedor. Desde entonces se producen los siguientes hechos:
ü 8 de diciembre de 1776.- Con la Real Cédula de Carlos IV se crea la Intendencia del Ejército y Real Hacienda de Venezuela, con sede en Caracas.
ü 25 de abril de 1810.- La Junta de Gobierno, constituida tras los sucesos independentistas del 19 de abril de 1810, crea la Secretaría de Hacienda, cuyo primer titular fue Fernando Key Muñoz.
ü 15 de agosto de 1819.- En la Constitución Política del Estado de Venezuela se crean los primeros seis ministerios, entre ellos el Ministerio de Hacienda.
ü 8 de octubre de 1821.- Se estructura la Tesorería General de la República como una dependencia de la Secretaría de Hacienda.
ü 3 de agosto de 1824.- Mediante Ley Orgánica de Hacienda del 31 de julio del mismo año, se reorganiza la administración de la Hacienda Pública, se suprime la Tesorería General y se crean las administraciones de hacienda en cada departamento.
ü 1828.- Se nombra Ministro de Hacienda al Dr. José Rafael Revenga.
ü 7 de octubre de 1830.- Se dicta la Constitución del Estado de Venezuela que establece tres secretarías del Poder Ejecutivo: Interior y Justicia, Hacienda y Guerra y Marina. El 14 de octubre de ese mismo año se dicta una Ley Orgánica de la Hacienda Pública de Venezuela que organiza nuevamente a la Tesorería General y reinstala la Secretaría de Hacienda.
ü 17 de enero de 1856.- Se organiza el Ministerio de Hacienda y posteriormente el 17 de octubre de ese mismo año se crea la división de la oficina: Secretaría de Hacienda, Tribunal de Cuentas y Contaduría General de Hacienda.
ü 25 de marzo de 1857.- Se organizan cuatro secretarías de Estado, entre ellas la de Hacienda, integrada por un secretario, un subsecretario, jefes de sección y oficiales de número.
ü 13 de julio de 1865.- Se establece la Contabilidad de la Hacienda Pública Nacional.
ü 30 de enero de 1872.- Por decreto se establece nuevamente la organización del Ministerio de Hacienda.
Ministerio de Hacienda
ü 12 de junio de 1894.- Se establecen los ministerios de Relaciones Interiores, Relaciones Exteriores, Hacienda, Fomento, Instrucción Pública y Marina. Se dispuso que el Ministerio de Hacienda tendría cinco direcciones.
ü 1898.- Se dicta la Ley de Ministerios, en la cual se ratifican los ya existentes desde 1894.

Ministerio de Finanzas
ü 1999.- La hacienda pública de Venezuela comienza una nueva etapa revolucionaria con la llegada a la Presidencia de la República del comandante Hugo Chávez Frías, quien impulsó una nueva forma de administrar las rentas del país con una visión social. Este año el Ministerio de Hacienda pasa a ser Ministerio de Finanzas, según Decreto 253, publicado en Gaceta Oficial Nº 36.775 del 30 de agosto de 1999.

Ministerio del Poder Popular para Economía y Finanzas
ü 2008.- Mediante Decreto Nº 6.236, publicado en Gaceta Oficial el 16 de julio de 2008, el Ministerio de Finanzas pasó a denominarse del Poder Popular para Economía y Finanzas. Esta decisión constituyó un importante avance en la reorientación de la política económica del país para impulsar la construcción del socialismo contemplado en el Plan de Desarrollo Económico y Social de la Nación 2007-2013, en el que se establece la creación de un sistema en el cual los pilares sean las empresas de producción social para culminar con éxito la tarea de concretar un nuevo sistema político, social, cultural y económico.

Ministerio del Poder Popular de Planificación y Finanzas
ü 1 de febrero de 2010.- Se publica en Gaceta Oficial N° 39.358 el decreto N° 7.187 mediante el cual se fusionan el Ministerio del Poder Popular de Planificación y Desarrollo y el Ministerio del Poder Popular para Economía y Finanzas, para conformar el Ministerio del Poder Popular de Planificación y Finanzas.

Objeto del Ministerio de Planificación y Finanzas
Articular armónicamente las actividades del Ejecutivo Nacional en la regulación, formulación y seguimiento de políticas en materia de planificación estratégica, territorial, social, institucional, tanto en el mediano y en el largo plazo, así como la preparación de sus proyecciones y alternativas. De igual manera corresponde a este despacho la planificación y coordinación del desarrollo de los sistemas integrados de la administración de hacienda y finanzas del sector público, en el marco del modelo de desarrollo socialista. Todo ello en beneficio de la calidad de vida de nuestro pueblo soberano.
Instancias de Coordinación y Formulación
ü A nivel nacional: Presidente de la República, MPD
ü A nivel estadal: Gobernador del Estado, CEPCPP
ü A nivel municipal: Alcalde, CLPP
ü A nivel comunitario: Consejos Comunales

El Sistema Nacional de Planificación
ü Los Planes Nacionales:
ü El Plan Nacional de Desarrollo
ü El Plan Operativo Anual Nacional
ü El Plan Nacional de Desarrollo Institucional
ü El Plan Nacional de Desarrollo Regional
ü Planes Nacionales de Desarrollo Sectorial (ciencia, cultura, deportes, etc)
ü El Plan Nacional de Desarrollo define los objetivos, estrategias, políticas, medidas, metas y proyectos que orientan la acción de gobierno en el periodo constitucional.
ü El Plan Nacional Operativo Anual –POAN- define los programas y proyectos estratégicos que ejecutará el Ejecutivo Nacional. El POAN responde a las líneas generales del Plan Nacional de Desarrollo y a las orientaciones fiscales y financiaras del Marco Plurianual del Presupuesto.
Directrices Estratégicas
ü Desarrollo de la Nueva Ética Socialista
ü Construcción de la Suprema Felicidad
ü Profundización de Democracia Protagónica Revolucionaria
ü Establecimiento de un Modelo Productivo Socialista
ü Construcción de una Nueva Geopolítica Nacional
ü Convertir a Venezuela en una Potencia Energética Mundial
ü Avanzar hacia la Nueva Etapa en la Geopolítica Internacional.

ü El Plan Nacional de Desarrollo Institucional define los objetivos, estrategias, metas y proyectos para el desarrollo y modernización de la administración pública.
ü El Plan Nacional de Desarrollo Regional define los objetivos, estrategias, metas y proyectos para el desarrollo regional del país
ü El Plan Operativo Anual Institucional está referido a la gestión de cada institución, referido en forma individual.
ü El Plan Estadal de Desarrollo expresa las directrices de gobierno de cada uno de los estados, para el periodo de 4 años de gestión.
ü El Plan Municipal de Desarrollo expresa las directrices de gobierno de cada uno de los municipios, para el periodo de 4 años de gestión.
ü El Plan de Desarrollo de la Comunidad expresa las directrices la gestión de las políticas públicas y proyectos orientados a responder a las necesidades y las aspiraciones de las comunidades.

Proyecto de Ley Orgánica de Planificación Pública y Popular

El Proyecto de Ley Orgánica de Planificación Pública y Popular tiene por objeto fortalecer el Poder Popular y establecer los principios y normas que sobre la planificación deben atender las ramas del Poder Público y las instancias del Poder Popular, así como los órganos encargados de la planificación y coordinación de las políticas públicas, con el fin de crear un Sistema de Planificación que pueda a través de los recursos públicos lograr la transformación del país buscando alcanzar la sociedad socialista de justicia y equidad.
El Sistema Nacional de Planificación que se busca crear a través de esta ley estaría integrado por: Consejo Federal de Gobierno; Consejos Estadales de Planificación y Coordinación de Políticas Públicas; Consejos Locales de Planificación Pública; Consejos de Planificación Comunal y Consejos Comunales.  Son los mismos actores del Sistema de Planificación Participativa Territorial que crea el capítulo VI del Reglamento de la Ley Orgánica del Consejo Federal de Gobierno.
Este sistema va a contar con distintos instrumentos denominados planes que se identificarán según el nivel político en el que se construyan, pero aún cuando sean varios instrumentos, el proyecto de ley es insistente al recordar que los mismos deben estar en armonía y deben articularse con el Plan Nacional de Desarrollo Económico y Social de la Nación, que vendría a ser el Plan macro y supremo del Sistema Nacional de Planificación.
Además de ese Plan rector se enlistan los siguientes: Plan de Desarrollo Regional;  Plan de Desarrollo Estadal; Plan Municipal de Desarrollo; Plan Comunal de Desarrollo; Plan Comunitario; Planes estratégicos de los órganos del Poder Público; Planes sectoriales; Planes Operativos Nacional, Estadal, Municipal, Comunal y de los órganos y entes del Poder Público;  el proyecto ábrela posibilidad de que existan otros planes según sean estos necesarios. 
Es muy fácil identificar los niveles tanto estadal como municipal, porque siempre han existido, ahora bien, la tarea se complica cuando intentamos ubicar los niveles regionales y comunales, porque ni siquiera son mencionados en la Constitución como forma de organización política territorial de Venezuela.
Sobre el Plan de Desarrollo Regional es definido por el Proyecto de Ley Orgánica como el instrumento de gobierno mediante el cual cada región del país establece objetivos, medidas, metas y acciones plasmadas en el Plan de Desarrollo Económico y Social de la Nación a través de la intervención planificada y coordinada de los órganos de la Administración Pública Nacional y Estadal correspondiente –las regiones fueron creadas por el Reglamento de la Ley Orgánica del Consejo Federal de Gobierno-. La formulación de este Plan corresponde al Ejecutivo Nacional, y deberá tomar en cuenta los lineamientos de la Comisión Central de Planificación.
Este proyecto de ley además incorpora el Plan Comunal de Desarrollo, que es definido como el instrumento que permite a las comunas establecer proyectos, objetivos, metas, acciones y recursos dirigidos a darle concreción a los lineamientos plasmados en el Plan de Desarrollo Económico y Social de la Nación, a través de la intervención planificada y coordinada de las comunidades y sus organizaciones, promoviendo el ejercicio directo del poder para la construcción del Estado Comunal.  
En este sentido, es oportuno recordar que el proyecto de Ley Orgánica de Comunas, señala que el Plan de Desarrollo Comunal estará bajo la coordinación del Consejo de Planificación Comunal, en el cual se establecerán los proyectos, objetivos, metas, acciones y recursos dirigidos a darle concreción a los lineamientos plasmados en el Plan de Desarrollo Económico y Social de la Nación, Plan Regional de Desarrollo, los lineamientos del Consejo Federal de Gobierno y de los Distritos Motores de Desarrollo que se hayan creado.  Para el plan se aplicará el diagnóstico participativo y lo acordado en el presupuesto participativo por las comunidades que conforma la comuna.   En esta redacción del artículo propuesto como 32 del proyecto de Ley Orgánica de las Comunas no se menciona el Plan Municipal de Desarrollo como fuente para el Plan de Desarrollo Comunal.
Ese Consejo de Planificación Comunal estará integrado por 3 voceros electos por los consejos comunales de la comuna, 2 voceros en representación del parlamento comunal y 1 vocero designado por las organizaciones socio productivas, unido a ellos cada consejos comunal tendrá un representante, quien será el integrante del comité de trabajo en materia de ordenación y gestión del territorio.
En este Sistema de Planificación se destaca la Comisión Central de Planificación como la instancia que debe coordinar con las distintas instancias del Sistema Nacional de Planificación todo lo relacionado al seguimiento y evolución de los lineamientos estratégicos, políticas y planes previstos en el Plan de Desarrollo Económico y Social de la Nación, al revisar todo el diseño del Sistema Planificación Pública y ubicar a sus actores políticos, hay que recordar que la Comisión Central de Planificación tiene como una de sus principales finalidades impulsar la transición hacia un modelo integrado de planificación centralizada.
Con toda esta información que recolectamos se pudo apreciar el como se encuentra estructurada y organizada la planificación en Venezuela.

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